Por la cual se fija un criterio de interpretación dirigido a todos los proveedores de servicios de comunicaciones móviles que a su vez comercialicen equipos terminales móviles.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca en fallo de primera instancia proferido por el Juzgado Segundo Administrativo de Bogotá, negó las pretensiones formuladas por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas -ICONTEC-, que buscaban la nulidad de las Resoluciones números 62216 del 24 de octubre de 2012, 78539 del 19 de diciembre de 2012, 8986 del 6 de marzo de 2013, por la sanción impuesta, debido al incumplimiento de lo estipulado en el numeral 6 del artículo 1 de la Resolución 180928 de 2006, expedida por Delegatura de Para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal.
Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios y de inocuidad de la carne de chigüiro (Hydrochoerus hydrochaeris), destinada para el consumo humano y las disposiciones para su beneficio, desposte, almacenamiento, comercialización, expendio, transporte, importación o exportación.
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