3. La publicidad engañosa.
La publicidad engañosa es definida en el numeral 12 del artículo 5 de la Ley 1480 de 2011, de la siguiente manera:
\"Toda forma y contenido de comunicación que tenga como finalidad influir en las decisiones de consumo.\" El artículo 29 de la Ley 1480 de 2011 determina la fuerza vinculante de la publicidad:
“Las condiciones objetivas y específicas anunciadas en la publicidad obligan al anunciante, en los términos de dicha publicidad.”