Registro Nacional de Bases de Datos. Ante la consulta realizada a la Superintendencia de Industria y Comercio acerca del alcance de la obligación de registrar las bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD) respecto de persona extranjeras, la entidad sostuvo que la Ley 1581 de 2012 tiene aplicación para el tratamiento (recolección, el almacenamiento, el uso, la circulación o la supresión) de los datos personales que se realice en el territorio colombiano y el que se realice fuera del territorio cuando el Responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento no establecido en territorio nacional le sea aplicable la legislación Colombiana en virtud de normas y tratados internacionales.