Asociación Nacional de Anunciantes de Colombia
Calle 98 # 9 - 03 Oficina 606
Bogotá, Colombia

Publicidad Educación

 

Normas Incluidas

 

Decreto 1295 de 2010

Decreto 4904 de 2009

 

 

  • Decreto 1295 de 2010 

 

Educación Superior

 

 

  • Artículo 19. Registro. Cada programa a distancia o virtual tendrá un único registro en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior – SNIE.

 

Respecto de los programas que dispongan de actividades de formación que requieran la realización de prácticas, clínicas o talleres o la presencia de los estudiantes en centros de tutoría, la institución debe indicar la infraestructura, medios educativos y personal docente de los lugares donde se desarrollarán tales actividades.

Cuando una institución pretenda modificar el lugar de ubicación de un centro de tutoría o de realización de prácticas, clínicas o talleres debe informarlo previamente al Ministerio de Educación Nacional. Si la modificación consiste en la supresión o traslado de un municipio a otro, la institución debe garantizar a los estudiantes de las cohortes en curso condiciones similares de accesibilidad a los nuevos lugares, acordes con las inicialmente ofrecidas.

 

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