Aclaración frente al trámite de autorización sanitaria provisional para expendio de carne. Con esta circular externa, el INVIMA pretende aclarar que los establecimiento que se dediquen al expendio de carnes y productos cárnicos comestibles, tal y como los define el Ministerio de Salud y Protección Salud, deben surtir los trámites de Inscripción y de Autorización Sanitaria Provisional ante las Entidades Territoriales de Salud competente en el municipio donde se encuentre ubicado.