Por el cual se determina la permanencia del reglamento técnico a través del cual se crea el Sistema Oficial Inspección, Vigilancia y Control la Carne, Productos Comestibles y Derivados Cárnicos, destinados para el Consumo Humano, y se fijan los requisitos sanitarios y inocuidad se deben cumplir en su producción primaria, beneficio, desprese, procesamiento, almacenamiento, transporte, comercialización, expendio. importación o exportación.