Asociación Nacional de Anunciantes de Colombia
Calle 98 # 9 - 03 Oficina 606
Bogotá, Colombia

CONTENIDO DE RADIO JUVENIL EN LA MIRA

R50P44G01
¡La radio es privilegiada! El Estado le otorga licencia para penetrar en los hogares a toda hora…, ¿y a cambio de qué? Una movilización ciudadana invitó a la corresponsabilidad, para que el lenguaje y la temática de las emisoras juveniles respete los derechos de los niños y los adolescentes. Por José María Forero, Publicista, consultor.

R50P44G02

 

Los privilegios que tiene la radio le confieren una investidura de altísima responsabilidad moral que obliga a los radiodifusores a que sus mensajes lleven siempre contenidos con responsabilidad social, dentro del respeto a la libertad de expresión.

 

David Ogilvy, uno de los publicistas y redactores más famosos de la publicidad mundial decía: “Yo no escribo un solo renglón para un medio de comunicación que no pueda ser leído por mis hijos”.

 

Su principal preocupación era la responsabilidad ética con los receptores y en particular con los niños y adolescentes.

 

Hoy, la misma preocupación la tienen los padres de familia en Colombia, por los contenidos inapropiados de algunas emisoras juveniles del país.

 

En reciente foro organizado por Red PaPaz nació la iniciativa de crear una movilización de padres, madres, docentes y menores de 18 años para exigir el cumplimiento de la ley y contenidos apropiados en las emisoras juveniles.

 

Esta iniciativa recorrió muchas instituciones educativas a las que se motivó a firmar el manifiesto de inconformidad en el que se exige respeto por la niñez y la adolescencia en el espectro radiofónico. Se lograron 21.601 firmas, que particularmente exigen:

 

1. Se cumpla la Ley 1098 de 2006, artículo 47 numeral 5: “Abstenerse de transmitir mensajes discriminatorios contra la infancia y la adolescencia”; el numeral 6: “Abstenerse de realizar transmisiones o publicaciones que atenten contra la integridad moral, psíquica o física de los menores, que inciten a la violencia, que hagan apología de hechos delictivos o contravenciones, o que contengan descripciones morbosas o pornográficas”, y el numeral 8: “Abstenerse de entrevistar, dar el nombre, divulgar datos que identifiquen o que puedan conducir a la identificación de niños, niñas y adolescentes que hayan sido víctimas, autores o testigos de hechos delictivos, salvo cuando sea necesario para garantizar el derecho a establecer la identidad del niño o adolescente víctima del delito, o la de su familia si esta fuere desconocida. En cualquier otra circunstancia, será necesaria la autorización de los padres o, en su defecto, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar”.

 

2. Se cumpla la Resolución 415 de 2010 que reglamentó la ley TIC: “…están en la obligación de orientar la programación que se transmita por la emisora con el fin de colaborar en la prevención del consumo de drogas, bebidas alcohólicas y tabaco, no dar crédito a medicamentos que carezcan de autorización emitida por la autoridad competente, respeto por los derechos de los niños, niñas y adolescentes…” (art. 23).

 

3. Sea una realidad la Ley de regulación solicitada por la Corte Constitucional al Consejo del Estado y al Congreso a raíz de la Sentencia C-442 de 2009. Que no dilaten más su redacción para la protección eficaz de la niñez y la adolescencia, “para que los deberes de los medios para con ellos sean eficazmente garantizados”.

 

4. El Estado y los medios capaciten a periodistas, locutores, programadores musicales, directivos de emisoras, publicistas y creativos para que se sensibilicen y asuman la responsabilidad desde su quehacer para con la niñez y la adolescencia.

 

5. Se haga un serio compromiso de autorregulación en el que se privilegie a la audiencia infantil y adolescencia.

 

R50P44G03

http://redpapaz.org/

 

¿Y EL ENTRETENIMIENTO?

La función entretenida de la radio. Es la respuesta que dan los medios de comunicación a la necesidad de los hombres de comunicarse en el plano emocional. La dimensión emocional de la comunicación es un pilar importante para la transmisión de valores en el interior de una sociedad.

 

R50P45G01Destacamos la eficiencia de la radio para lograr esa función y otro más, por ejemplo: asumir el rol de compañía, de ahuyentador de miedos. Permite estar solo, sin estarlo; ser cantante sin que nadie lo oiga: llorar con las emociones ajenas; por su parte, es un excelente factor para el desarrollo del ámbito emocional en la medida en que se viven emociones humanas sin estar directamente envuelto en la situación.

 

Pero además, la función entretenida requiere, para poder desarrollarse, garantizar a los hombres la libertad de creación que les permita acceder a los elementos de la realidad que requieren y de la libertad de lenguaje para expresarlos. Estas libertades podrían concretarse en lo que se ha llamado “libertad de expresión”.

 

Libertad de expresión sería, entonces, la posibilidad de acceso a los elementos que requiere el hombre para crear, así como del lenguaje de estas creaciones. El derecho de expresión es el reconocimmiento jurídico de esa libertad, así como las limitantes que se le establezcan en consideración a otros derechos, en particular los derechos del niño.

 

De la emocionalidad de la comunicación derivan todas las manifestaciones artísticas y también todas las llamadas diversiones. Forman parte de ella la literatura, la música, la pintura, la escultura, el teatro, el cine y la televisión en sus aspectos no informativos. Y en referencia a la forma en que los medios de comunicación cumplen con la responsabilidad social de entretener a la juventud.

 

Dentro del foro organizado por Red PaPaz que mencionamos anteriormente, el director de la Mega de RCN dio el siguiente testimonio:

 

Alejandro Villalobos: “Mi compromiso como director del sistema de RCN de la Mega lo tengo así como todos los directores de la Mega del país…

 

“Hay un mensaje claro y es que nuestra creatividad para lograr audiencia y entretener a los jóvenes tiene que ser más inteligente que los temas sexuales, eróticos… Yo di la orden de que todos los temas de contenidos con lo que acabo de mencionar no deben ser temas de escritorio creativo de ningún programa de la Mega ni de ningún minuto de nuestra programación”.

 

El privilegio que la radio debe ofrecer a toda la audiencia infantil y juvenil de Colombia es una programación de contenidos entretenidos con responsabilidad social dentro del respeto a la libertad de expresión.

R50P45G02

http://diarioadn.co/especiales/la-radio-juvenil-en-el-ojo-del-hurac%C3%A1n-1.31229

 

/* */