Asociación Nacional de Anunciantes de Colombia
Calle 98 # 9 - 03 Oficina 606
Bogotá, Colombia

Publicidad Visual Exterior BARRANQUILLA

 

Normas Incluidas

Acuerdo 006 de 1998

Decreto 154 de 2000

Decreto 0352 de 2004

Acuerdo 10 de 2009

Decreto  0613 de 2011

 

 

  • Acuerdo 006 de 1998 

 

“Por la cual se reglamenta la publicidad visual en el Distrito de Barranquilla”

 

  • Artículo 1: Objeto: El presente acuerdo tiene como objetivo general mejorar la calidad de vida de los ciudadanos residentes en Barranquilla, en consecuencia con los derechos a la comunicación, mediante la preservación de las condiciones ambientales favorables, la protección del espacio público y la mejoría de la seguridad vial, y como objeto específicos, entre otros, determinar la forma, procedimiento y ubicación de la Publicidad Exterior Visual y los diferentes elementos de publicidad visual indicando a la vez las zonas en las que están permitidos y en los que está prohibida su exhibición y las responsabilidades que recaen sobre los propietarios, anunciantes, arrendadores y funcionarios. El objetivo general atrás señalado constituye el espíritu de esta preceptiva, la cual deberá interpretarse siempre de conformidad con él.

 

  • Artículo 2: Campo de aplicación: Entiéndase por Publicidad Exterior Visual el medio masivo de comunicación permanente o temporal, fijo o móvil, que se destine a instalar mensajes con los cuales se busque llamar la atención del público a través de leyendas o elementos visuales en general, tales como dibujos, fotografías, letreros o cualquier otra forma de imagen que se haga visible desde las vías de uso público, bien sean peatonales, vehiculares, terrestres, acuáticas o áreas, cuyo fin sea publicitario, cívico, político, institucional, cultural o informativo y que tenga un área igual o superior a ocho (8) metros. Tales medios pueden ser vallas, avisos, tableros electrónicos, pasacalles, pendones, colombinas, carteleras, mogadores, globos, y otros similares.