Asociación Nacional de Anunciantes de Colombia
Calle 98 # 9 - 03 Oficina 606
Bogotá, Colombia

La experiencia argentina

02 Junio, 2015

ComoAnda009.06

Periódicamente publicaremos en esta sección las experiencias de las Andas regionales en torno a regulaciones publicitarias que afectan a los anunciantes en sus respectivos países.

En esta oportunidad, Phillip Pérez, Presidente Ejecutivo de la Cámara Argentina de Anunciantes, se refiere a cuatro temas sensibles: regulación en torno al consumo de azúcar, sal y la llamada comida de alto contenido calórico, pledge, publicidad exterior y publicidad infantil.

¿Qué regulaciones están vigentes o en discusión en su país en torno al consumo de azúcar, sal y comida con alto contenido calórico?

En cuanto a la comunicación, existen algunas regulaciones muy específicas en cuanto a la comercialización de estos productos en el ámbito escolar (“quioscos saludables”) así como algunas regulaciones prohibiendo la promoción de alimentos HFSS conjuntamente con regalos. Sin embargo no se ha establecido aún la definición de alimentos HFSS ni los criterios nutricionales para definir lo “saludable” de un alimento. Existen sin embargo una serie de proyectos, inspirados de legislaciones vecinas, que buscan restringir o prohibir la publicidad de alimentos y bebidas dirigida a niños y adolescentes.
En cuanto a los productos en sí, lo que se ha hecho es un compromiso de la industria para reducir el contenido en sal, azúcar y grasas saturadas de la composición de sus productos. Muchos productos ya han sido reformulados.

¿Cómo afectan estas regulaciones o estos proyectos a los anunciantes?

Los anunciantes están enfocados en la reformulación de sus productos.

¿Qué acciones ha emprendido la Cámara para hacerle frente a estas regulaciones o proyectos?

La CAA acompaña a la industria en privilegiar este camino de la reformulación por sobre el de la regulación. En cuanto a los proyectos legislativos existentes, la CAA se enfoca en la definición de audiencias infantiles (>35%) y la edad de los niños (<12 años), mientras que la industria de alimentos se enfoca en la definición de los criterios nutricionales.

¿Cómo está reglamentada la publicidad exterior? ¿Qué implica esta reglamentación?

La publicidad exterior se rige por normativas municipales. Existen algunos municipios con restricciones a publicidad de porciones grandes, de promoción combinada con juguetes o de distancia de colegios. A su vez algunos municipios han puesto una tasa a estas publicidades superiores a la tasa que pagan publicidades de otros productos.

¿Qué regulación existe en el país sobre publicidad infantil?

La mayor parte de la publicidad infantil se rige por autorregulación. Existe también, entre otros, el Consejo Asesor de la Comunicación Audiovisual y la Infancia (CONACAI, un organismo del Estado) que ha elaborado recomendaciones y monitorea la publicidad. Existe un diálogo fluido entre este organismo y la industria.
Las regulaciones por el momento son las mencionadas anteriormente.

¿Qué están haciendo proactivamente los anunciantes en materia de publicidad infantil?

Los anunciantes respetan escrupulosamente el código de ética y autorregulación publicitaria, así como las recomendaciones de los varios organismos estatales con respecto a la publicidad dirigida a niños.

¿Cómo les ha ido con la implementación del Pledge del país?

No hemos implementado el pledge, porque no existe consenso sobre el mismo, ya la industria ha preferido trabajar en colaboración con las autoridades sobre las reformulaciones de los productos.