Por la cual se resuelve un recurso de apelación. La Superindustria confirmó en segunda instancia, la sanción impuesta a la sociedad Avantel, en agosto del 2016 en consideración a que la compañía de telefonía móvil violó la regulación respecto a los derechos de los usuarios a no recibir información publicitaria sin su autorización, ante la Comisión de uso de los códigos cortos previstos para el efecto por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).
La Superintendencia de Industria y Comercio condenó y multó a la SOCIEDAD COLOMBIANA DE ODONTOLOGÍA ESTÉTICA por haber incurrido en información y publicidad engañosa.
Acciones de tutela instauradas por la Asociación Colombiana de Educación al Consumidor (“Educar Consumidores”) contra la Superintendencia de Industria y Comercio; y por César Rodríguez Garavito –y otros ciudadanos- contra la Superintendencia de Industria y Comercio.
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