Por la cual se define el número máximo de cuñas radiales, de avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias de que pueden hacer uso los partidos y movimientos políticos, los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos, en las elecciones para Congreso de la República (Senado y Cámara de Representantes) que se llevarán a cabo en el año 2018 y se adoptan medidas para garantizar la inspección, vigilancia y control a la propaganda electoral de las campañas políticas.
Administración de datos de contenido financiero, comercial, crediticio, de servicios o la proveniente de terceros países de menores de edad. La Superintendencia de Industria y Comercio respondió, mediante este concepto, tres interrogantes sobre el régimen aplicable al tratamiento de datos de contenido financiero, comercial, de servicios o provenientes de terceros países de menores de edad.
Por el cual se establecen las condiciones para el uso de los elementos publicitarios de carácter político, en las consultas populares internas o interpartidistas de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica y/o de los grupos significativos de ciudadanos en el municipio de Bucaramanga.
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