Por la cual se resuelve un recurso de apelación.
Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las pretensiones de la sociedad Oriflame de Colombia, en las que se buscaba declarar la nulidad de las Resoluciones Nos. 60834 de 2013 y 4467 de 2014, en el marco de la sanción impuesta a la citada sociedad por vulnerar las normas contenidas en la Ley 1480 de 2011, por información y publicidad engañosa e incumplimiento de las instrucciones impartidas por la Entidad.
Limitaciones y excepciones en materia marcaria.
Limitaciones y excepciones en materia marcaria. El objeto de la consulta consiste en la posibilidad de utilizar logos de marcas de terceros en las facturas de venta.
Agradecemos los comentarios, sugerencias y consultas o cualquier otra información como afiliado o usuario de nuestro portal.
Asociación Nacional de Anunciantes
Calle 98 # 9 - 03 Oficina 606
Tel. (571) 218 2931
Bogotá, Colombia